
DEIA, 05/09/2002
No hay
Constitución
Joaquín NAVARRO ESTEBAN
Dos postulados esenciales presiden la realidad constitucional de cualquier Estado que se reclame democrático. Donde no hay separación de poderes, no hay Constitución. Donde no hay control del poder, no hay democracia. Una cosa es la división formal del poder y otra bien distinta su separación efectiva. La primera existe con muy escaso esfuerzo expositivo. Basta con que se enuncien y regulen los tres poderes clásicos, con su correspondiente esfera de atribuciones, para que exista división del poder. La separación exige mucho más. No es compatible con la injerencia institucional del Ejecutivo en el Legislativo. Poco más, este último, que es apéndice ornamental de las mayorías gubernamentales de turno y de las oligarquías aliadas a las mismas. El poder legislativo, si de veras es, debe controlar al ejecutivo. Sin embargo, en nuestra Constitución y en nuestra práxis política, es controlado por éste. El órgano de gobierno del poder judicial, facultado para el nombramiento de todos los cargos clave de la juricatura, está integrado por vocales designados por las oligarquías partidarias más numerosas en el Parlamento, a partir de una relación de candidatos seleccionados por los cuadros de mando de las asociaciones judiciales, que previamente han consensuado a los candidatos preferidos con los oligarcas de turno. El presidente del Consejo lo es antes de que el Consejo se constituya. El Consejo tiene, además del poder de la recompensa, el de los castigos. Cualquier sombra de independencia sería excepcional. Los jueces no asociados son mayoría absoluta, pero tienen un solo representante en el Consejo. Aparte de todo ello, el Gobierno tiene en sus manos mucho más poder judicial que el Consejo y que todos los tribunales juntos. Con la fiscalía en su ámbito de dominio, jefe de la policía judicial, titular del indulto y del régimen penitenciario, el Consejo es, al lado del Gobierno, un órgano vicario, sobre todo si, además, los medios materiales de la justicia y todo su personal colaborador dependen del propio Gobierno.
Recientemente, dos acontecimientos han ilustrado a todos (a los idiotas ¬como decía Homero¬ y a los que no lo son). El partido en el poder decide nombrar candidata a presidente de la Comunidad de Madrid a la actual presidenta del Senado. Rápidamente, Arenas «proclama» presidente de la Cámara Alta a un ex-ministro. No dice que será candidato del grupo popular y, si gana las elecciones, presidente del Senado. Lo nombra presidente el jefe del gobierno. Así, sin más expedientes. El PSOE reacciona entristecido por el espectáculo y se le reprocha rápidamente que no entienda algo tan elemental en «democracia». Quien tiene mayoría absoluta «nombra» a quien le da la gana. Los senadores no pintan nada. A nadie eligen. Aceptan pasiva y pastueñamente lo que el jefe les indica. El presidente del Gobierno puede nombrar, en definitiva, a los presidentes del Congreso, del Senado y del Consejo del Poder Judicial. Y a muchísimos más «representantes» institucionales. A esto se le llamaba en el franquismo unidad de poder y unidad de funciones. Aquí, democracia representativa.
El show de la Ley de Partidos ha sido acontencimiento superior. El mismísimo Congreso de los Diputados, por «propia» iniciativa, decide hacer una ley cuyo único objeto es poner fuera de la ley a un partido político parlamentario. Así de ilegal es la ley. Pero no basta. El Congreso, que debe controlar al Gobierno, le solicita que, el uno del otro en pos, juntos y confundidos en el trágico abrazo de la fe democrática, pidan a la Sala Especial del Supremo que, con base en esa ley ilegal, ilegalice al partido en cuestión. ¿Por qué una Sala Especial? Porque les peta a los oligarcas. ¿Tiene independencia esa Sala? Ya se le está diciendo que hay pruebas tan abrumadoras que sólo cabe una sentencia. Cualquier otra sería prevaricatoria. Que así se escriba y así se cumpla. Pero esto no es una democracia. No existe separación de poderes y no hay control del poder.
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